Educación Infantil
La Educación Infantil (EI) constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad. La Educación Infantil tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
La etapa de Educación Infantil se ordena en dos ciclos:
- E.I. de Primer Ciclo (de 0 a 3 años). Las Administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo. Asimismo, coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro. A diferencia de la enseñanza primaria de segundo ciclo, no se garantiza su gratuidad por ley, aspecto que ha sido criticado, entre otros, por el Consejo Económico y Social de España.1
- E.I. de Segundo Ciclo (de 3 a 6 años). Es gratuito y tiene como finalidad “contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños” (LOE Art. 12.2)
La Educación Infantil (no confundir con Educación Preescolar ) es el primer nivel educativo en el sistema español.1 Precede a la educación primaria, también llamada educación básica, y no tiene carácter obligatorio. Se legislan sus enseñanzas a partir de la LOE en los siguientes títulos y artículos:
- Título I capítulo I, artículos 12, 13, 14 y 15.
- Título III, capítulo III, artículo 92 (sobre el profesorado especialista en las enseñanzas de la Educación infantil).
A partir de la LOE el Real Decreto 1630/06 de 29 de diciembre regula las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de infantil en todo el Estado2 y es completado por los distintos Decretos de Educación Infantil de las Comunidades Autónomas con competencias en educación. El Real Decreto 1630/06 deroga el Real Decreto 1330/91, el Real Decreto 828/2003, el Real Decreto 2438/1994 y todas las leyes de igual o inferior rango. Se está desarrollando una nueva propuesta de Real Decreto para el primer ciclo.
Surgió en la década de 1990, cuando las nuevas reformas de la LOGSE establecieron la necesidad de ampliar la educación formal a la población de hasta seis años de edad aunque ésta no fuese de carácter obligatorio. Para ello se sustentó en la pedagogía progresista de autores como Célestin Freinet3 u Ovide Decroly4 conocida como Escuela Nueva. Su objetivo principal es «contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños» (LOE Art. 12.2) y parte de una serie de principios elementales:
- El enfoque globalizador.5 Éste se convierte en eje vertebrador de esta etapa por adaptarse a la manera en que descubre y conoce el alumnado de estas edades.
- El juego como motor de desarrollo humano. Se propone no separar juego de trabajo porque el juego en sí mismo es una de las mejores formas que tiene el niño de aprender.
- El principio de actividad.6
- Los espacios y tiempos dentro del escenario educativo.
- Promover aprendizajes significativos en el alumnado y partiendo de las ideas que ya poseen. Por ello es esencial conocer el pasado pedagógico de cada alumno y saber cómo va a enfrentarse a cada nuevo aprendizaje.
- La importancia de la atención a la diversidad (sobre todo en sociedades como las actuales) y la coordinación con las familias.
Con la promulgación de la siguiente ley a la LOGSE, la Ley Orgánica de Calidad de la Educación esta etapa no sufriría cambios significativos exceptuando en el primer ciclo (que perdía gran parte de su carácter educativo primando lo asistencial y denominándose “Educación preescolar”). La Educación Infantil pasaría a ser una etapa de ciclo único en la que se enfatizaba el aprendizaje de la lectoescritura, las destrezas matemáticas, el uso de las TIC y la iniciación a partir de cinco años en lengua extrajera. Tras su derogación la LOE retomó la estructura original de la etapa pero se mantuvo el énfasis en la lectoescritura y las competencias en TIC y lengua extranjera.